El arraigo social es una de las vías más comunes para obtener una autorización de residencia en España si te encuentras en situación irregular y puedes demostrar integración y vínculos en el país. Aunque el trámite puede parecer sencillo, es importante conocer los requisitos para evitar retrasos o denegaciones.
¿Quién puede solicitar el arraigo social?
Pueden solicitarlo las personas extranjeras que cumplan:
✔ 1. Dos años de permanencia continuada en España
Se debe acreditar con documentos como empadronamiento, citas médicas, compras, envíos o cualquier prueba oficial.
✔ 2. Carecer de antecedentes penales
Tanto en España como en el país de origen.
✔ 3. Aportar vínculo familiar o informe de integración social
Si tienes vínculo familiar con una persona residente legal en España, deberás acreditar medios económicos suficientes según el IPREM.
Si no tienes vínculo familiar, se evaluará tu esfuerzo de integración social mediante un Informe de Integración Social emitido por tu Ayuntamiento o Comunidad Autónoma.
El contrato laboral ya no es obligatorio según la reforma vigente.
✔ 4. Acreditar medios económicos suficientes
Pueden provenir del familiar residente o de ingresos propios.
¿Por qué muchas solicitudes se retrasan o se deniegan?
Los motivos más comunes son:
- Pruebas insuficientes del tiempo de permanencia
- Contrato que no cumple los requisitos exigidos
- Documentación incompleta o mal presentada
- Errores en formularios y plazos
- No aportar traducciones o legalizaciones cuando corresponde.
Un pequeño detalle puede frenar todo el proceso.
¿Cuándo conviene contar con un abogado?
Cuando necesitas:
- Revisar si realmente cumples los 3 años
- Validar si tu contrato es válido para Extranjería
- Acelerar el proceso y evitar citas innecesarias
- Presentar todo de forma telemática sin firma digital
- Reducir riesgos de denegación
En Asertex Abogados, podemos preparar tu expediente de forma completa y acompañarte hasta obtener la resolución.
¿Quieres saber si ya puedes solicitar el arraigo social?
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